{"id":328,"date":"2015-06-25T18:44:05","date_gmt":"2015-06-25T18:44:05","guid":{"rendered":"http:\/\/hakuna.com.ar\/projects\/coneau\/wordpress\/?page_id=328"},"modified":"2025-08-06T17:38:41","modified_gmt":"2025-08-06T20:38:41","slug":"informacion-util","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/jotape.com.ar\/?page_id=328","title":{"rendered":"Informaci\u00f3n Util"},"content":{"rendered":"<p><strong><a href=\"https:\/\/www.coneau.gob.ar\/archivos\/Disciplinas.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Listado de general de disciplinas y subdisciplinas &nbsp;<\/a><\/strong><\/p>\n<p><strong><div class=\"panel panel-default\">\n                <div class=\"panel-heading\" role=\"tab\" id=\"headingOne\">\n                    <h4 class=\"panel-title\">\n                        <a data-toggle=\"collapse\" data-parent=\"#accordion-0\" href=\"#acc-2\" aria-expanded=\"true\" aria-controls=\"collapseOne\">\n                            <i class=\"fa fa-arrow-down\"><\/i> <\/strong><strong>Evaluaci\u00f3n basada en comit\u00e9 de pares\n                        <\/a>\n                    <\/h4>\n                <\/div>\n                <div id=\"acc-2\" class=\"panel-collapse collapse \" role=\"tabpanel\" aria-labelledby=\"headingOne\">\n                    <div class=\"panel-body\"><\/strong><\/p>\n<p>La CONEAU funda sus decisiones sobre la base de las recomendaciones que elaboran los comit\u00e9s de pares.<\/p>\n<p>Los comit\u00e9s de pares est\u00e1n integrados por expertos y se organizan en base a \u00e1reas disciplinarias. Aplican en cada caso los criterios y est\u00e1ndares vigentes conforme a los procedimientos aprobados por la CONEAU, para lo cual son debidamente instruidos.<\/p>\n<p><strong>&#8211; Designaci\u00f3n de los integrantes del comit\u00e9 de pares.<\/strong><\/p>\n<p><strong>&#8211; Actuaci\u00f3n de los comit\u00e9s de pares.<\/strong><\/p>\n<p><strong>&#8211; Proceso de toma de&nbsp;decisiones.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2666Designaci\u00f3n de los integrantes del comit\u00e9 de pares.<\/strong><\/p>\n<p>Para la integraci\u00f3n de los comit\u00e9s de pares, la CONEAU mantiene actualizado un <strong>Registro de Expertos<\/strong>, organizado por \u00e1reas disciplinarias y profesionales. Los pares son seleccionados atendiendo a sus antecedentes acad\u00e9micos y profesionales, conforme a las caracter\u00edsticas de las carreras a evaluar.<br \/>\nPara la evaluaci\u00f3n de carreras, la CONEAU aprueba el conjunto de posgrados a evaluar por los comit\u00e9s de pares y la n\u00f3mina de sus posibles integrantes y la comunica a las instituciones respectivas, a fin de que hagan las observaciones que consideren pertinentes y ejerciten el derecho de recusar a los evaluadores propuestos. Los plazos previstos para esta instancia est\u00e1n establecidos en&nbsp; la <a href=\"http:\/\/www.coneau.gob.ar\/archivos\/ordenanzas\/Orde059.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Ordenanza N\u00ba 59<\/strong>. <\/a><br \/>\nLas <strong>recusaciones<\/strong> deben ser fundadas y basarse en hechos ciertos que inhabiliten para el desempe\u00f1o de la funci\u00f3n por las causales previstas en el C\u00f3digo de Procedimiento Civil y Comercial de la Naci\u00f3n o en la falta manifiesta de m\u00e9ritos acad\u00e9micos o profesionales para la evaluaci\u00f3n de los posgrados.<\/p>\n<p>Para la evaluaci\u00f3n de carreras nuevas, la CONEAU designa anualmente comit\u00e9s de pares, respetando las \u00e1reas disciplinares y considerando las necesidades que surjan de los posgrados ingresados. De acuerdo con lo establecido por la <a href=\"http:\/\/www.coneau.edu.ar\/archivos\/Ord056.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ordenanza N\u00ba 56<\/a>, las n\u00f3minas de estos comit\u00e9s de pares son publicadas en la p\u00e1gina de la CONEAU, a trav\u00e9s del acta de aprobaci\u00f3n respectiva, para conocimiento de las instituciones universitarias.<\/p>\n<p>El <a href=\"http:\/\/www.coneau.edu.ar\/archivos\/448.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">C\u00f3digo de \u00c9tica de la CONEAU<\/a> obliga a los evaluadores a actuar con absoluta <strong>independencia de criterio<\/strong>, sin asumir la gesti\u00f3n de intereses particulares ajenos a la misi\u00f3n encomendada. En consecuencia, est\u00e1n obligados a excusarse de intervenir en los casos en que pudiera estar comprometida su imparcialidad. Mediante la firma de un convenio de confidencialidad, los evaluadores se comprometen a cumplir con las normas del C\u00f3digo mencionado y a no divulgar las informaciones contenidas en las solicitudes de acreditaci\u00f3n evaluadas por ellos ni el resultado de la evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u2666Actuaci\u00f3n de los comit\u00e9s de pares.<\/strong><\/p>\n<p>La CONEAU funda sus decisiones sobre la base de las recomendaciones que elaboran los comit\u00e9s de pares.<\/p>\n<p>Los comit\u00e9s se organizan por \u00e1reas disciplinarias o profesionales y se integran por un n\u00famero no inferior a tres pares. Se tiende a preservar la diversidad de origen regional e institucional y la presencia de distintas corrientes cient\u00edficas, filos\u00f3ficas, y metodol\u00f3gicas.&nbsp; La CONEAU procura la rotaci\u00f3n de los expertos de cada \u00e1rea disciplinaria.<\/p>\n<p>Cada Comit\u00e9 eval\u00faa las carreras o carreras nuevas que le han sido asignados, aplicando los est\u00e1ndares y criterios preestablecidos, debidamente ajustados a la especificidad de los respectivos campos disciplinarios y orientaciones. A tal fin analiza la solicitud presentada y el informe del personal t\u00e9cnico de la CONEAU. Finalmente emite una recomendaci\u00f3n debidamente fundada. En el caso de las carreras en funcionamiento, adem\u00e1s, se expide respecto de su categorizaci\u00f3n (cuando fuera solicitada).<\/p>\n<p><strong>\u2666Proceso de toma de decisiones.<\/strong><\/p>\n<p>En el caso de que una <strong>carrera<\/strong> cuente con un dictamen favorable por parte del Comit\u00e9 de Pares, la CONEAU analizar\u00e1 la recomendaci\u00f3n del Comit\u00e9 y cualquier otra informaci\u00f3n obrante en el expediente. Si lo estimara necesario, podr\u00e1 solicitar al Comit\u00e9 la ampliaci\u00f3n de su informe e, incluso, convocar a otro Comit\u00e9. Finalmente, cuando correspondiera, dictar\u00e1 la resoluci\u00f3n de acreditaci\u00f3n, fijar\u00e1 el t\u00e9rmino de su vigencia, la notificar\u00e1 y la publicar\u00e1. Tal resoluci\u00f3n podr\u00e1 incluir recomendaciones para el mejoramiento de la calidad de la carrera y, en caso de hab\u00e9rsela solicitado expresamente, la respectiva categorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En los casos en que el Comit\u00e9 de Pares recomiende no hacer lugar a la solicitud de acreditaci\u00f3n de la carrera, la CONEAU dar\u00e1 vista del informe de evaluaci\u00f3n a la instituci\u00f3n universitaria para que dentro de un plazo improrrogable de 30 d\u00edas corridos subsane las debilidades se\u00f1aladas en el informe, y elabore e implemente las medidas de mejoramiento correspondientes, o bien retire la solicitud de acreditaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Conocida la resoluci\u00f3n de la CONEAU, la instituci\u00f3n peticionante puede solicitar su reconsideraci\u00f3n dentro de los 30 d\u00edas corridos e improrrogables desde la notificaci\u00f3n. El resultado de la reconsideraci\u00f3n agotar\u00e1 la v\u00eda administrativa y s\u00f3lo podr\u00e1 ratificar o modificar lo originalmente resuelto respecto de la acreditaci\u00f3n y categor\u00eda original.<\/p>\n<p>Las <strong>carreras nuevas<\/strong> experimentan un tr\u00e1mite similar pero con las siguientes particularidades:<br \/>\n1) En este caso la CONEAU no emite una resoluci\u00f3n sino un dictamen;<br \/>\n2) El plazo para la presentaci\u00f3n de la respuesta a la vista es de 10 d\u00edas h\u00e1biles;<br \/>\n3) Los dict\u00e1menes, al no ser resoluciones sino el elemento sobre el cual se resuelve, no son recurribles. La evaluaci\u00f3n queda concluida con un dictamen en el que&nbsp; la CONEAU&nbsp; recomienda al ME hacer o no hacer lugar al reconocimiento oficial provisorio del t\u00edtulo.<\/p>\n<p>Concluido el plazo de reconsideraci\u00f3n en el caso de carreras y aprobado el dictamen por parte de la CONEAU, en el caso de carreras nuevas, de acuerdo con lo establecido por la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 51\/10 se remitir\u00e1 al Ministerio de Educaci\u00f3n el expediente de cada posgrado presentado con todas las actuaciones del proceso de evaluaci\u00f3n, para la prosecuci\u00f3n del tr\u00e1mite de reconocimiento oficial del t\u00edtulo.<\/p>\n<p><\/div>\n                <\/div>\n            <\/div><\/p>\n<p><strong><div class=\"panel panel-default\">\n                <div class=\"panel-heading\" role=\"tab\" id=\"headingOne\">\n                    <h4 class=\"panel-title\">\n                        <a data-toggle=\"collapse\" data-parent=\"#accordion-0\" href=\"#acc-3\" aria-expanded=\"true\" aria-controls=\"collapseOne\">\n                            <i class=\"fa fa-arrow-down\"><\/i> <\/strong><strong>Resultados posibles\n                        <\/a>\n                    <\/h4>\n                <\/div>\n                <div id=\"acc-3\" class=\"panel-collapse collapse \" role=\"tabpanel\" aria-labelledby=\"headingOne\">\n                    <div class=\"panel-body\"><\/strong><\/p>\n<p>De acuerdo con su estado de desarrollo los posgrados se distinguen en:<\/p>\n<p>1. <strong>Carreras nuevas<\/strong>: Posgrados que a\u00fan no comenzaron sus actividades acad\u00e9micas; es decir, que no han iniciado el dictado de actividades curriculares, no han hecho difusi\u00f3n de la propuesta y no han abierto la inscripci\u00f3n de alumnos para su cursado.<br \/>\n2. <strong>Carreras en funcionamiento<\/strong>: Posgrados que han iniciado sus actividades acad\u00e9micas (es decir, que ya cuentan con alumnos). Se consideran carreras nuevas las que no han completado su duraci\u00f3n te\u00f3rica (un ciclo de dictado completo) ni tienen graduados.<\/p>\n<p>De acuerdo con la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 160\/11, la evaluaci\u00f3n alcanza a todos los posgrados, independientemente de su estado.<br \/>\nEl tr\u00e1mite de reconocimiento oficial de los t\u00edtulos (provisorio en el caso de las carreras nuevas) se rige por lo establecido por la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 51\/10.<\/p>\n<p>La CONEAU categoriza las carreras de aquellas instituciones universitarias que as\u00ed lo soliciten.<\/p>\n<p>VIGENCIA DE LA&nbsp; ACREDITACI\u00d3N Y SOLICITUD DE CATEGORIZACI\u00d3N<\/p>\n<p>1. Carreras con ciclo de dictado completo<\/p>\n<p>1.1. Dentro de esta categor\u00eda se consideran aquellas carreras que han cumplido por lo menos un ciclo completo de dictado y tienen egresados. Ser\u00e1n acreditadas por tres a\u00f1os en la primera convocatoria y por seis a partir de la segunda.<\/p>\n<p>1.2. Las carreras que ya fueron acreditadas por la Comisi\u00f3n de Acreditaci\u00f3n de Posgrados (CAP) y tienen egresados son acreditadas por seis a\u00f1os a partir de la primera convocatoria de la CONEAU.<\/p>\n<p>1.3. Si la instituci\u00f3n universitaria lo solicita, las carreras acreditadas son categorizadas de acuerdo con los perfiles definidos por la CONEAU. Existen tres niveles de categorizaci\u00f3n:<\/p>\n<p>A, si son consideradas excelentes.<br \/>\nB, si son consideradas muy buenas.<br \/>\nC, si son consideradas buenas.<\/p>\n<p>2. Carreras que a\u00fan no finalizaron el ciclo completo de dictado ni cuentan con egresados.<\/p>\n<p>2.1. Se consideran aquellas carreras que no han cumplido el ciclo completo de dictado. Ser\u00e1n acreditadas por tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>2.2. En el caso de estas carreras se aplican los mismos criterios de acreditaci\u00f3n que para el caso anterior, sin tomar en cuenta la informaci\u00f3n relativa a egresados.<\/p>\n<p>2.3. Si la instituci\u00f3n universitaria lo solicita, las carreras son categorizadas de acuerdo con los perfiles definidos por la CONEAU. Existen tres niveles de categorizaci\u00f3n:<\/p>\n<p>An, si son consideradas excelentes.<br \/>\nBn, si son consideradas muy buenas.<br \/>\nCn, si son consideradas buenas.<\/p>\n<p>3. Carreras nuevas.<\/p>\n<p>3.1. Se consideran carreras nuevas las propuestas que cuentan con resoluci\u00f3n oficial de creaci\u00f3n de la instituci\u00f3n que las presenta y no han iniciado las actividades acad\u00e9micas.<\/p>\n<p>3.2. Las carreras nuevas que re\u00fanan los requisitos m\u00ednimos tendr\u00e1n un dictamen que recomendar\u00e1 otorgar el reconocimiento oficial provisorio del t\u00edtulo. El dictamen equivaldr\u00e1 a una acreditaci\u00f3n provisoria. Iniciadas las actividades acad\u00e9micas previstas, los posgrados cuyos t\u00edtulos hayan sido reconocidos oficialmente mediante este procedimiento quedan obligados a solicitar una nueva acreditaci\u00f3n en la convocatoria que la CONEAU establezca a ese fin.<br \/>\nEl plazo de acreditaci\u00f3n de una carrera de posgrado que, en un proceso de evaluaci\u00f3n anterior, haya tenido una resoluci\u00f3n de acreditaci\u00f3n provisoria o un dictamen favorable como proyecto, ser\u00e1 de seis (6) a\u00f1os, siempre y cuando la carrera cuente con egresados.<\/p>\n<p>3.3 Las carreras nuevas no se categorizan.<\/p>\n<p><\/div>\n                <\/div>\n            <\/div><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Listado de general de disciplinas y subdisciplinas &nbsp;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":9065,"parent":41,"menu_order":6,"comment_status":"open","ping_status":"closed","template":"template-carreras-posgrado.php","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-328","page","type-page","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/328","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=328"}],"version-history":[{"count":9,"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/328\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12806,"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/328\/revisions\/12806"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/41"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/9065"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/jotape.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=328"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}